La Defensoría del Pueblo celebra la decisión del Tribunal Administrativo del Cesar que, en segunda instancia, confirmó la sentencia que ampara los derechos colectivos de la comunidad del corregimiento de Loma Colorada, municipio de Bosconia, donde más de 700 habitantes han visto afectado su derecho a la salud debido al cierre y deterioro del puesto de salud local.
El fallo ordena al municipio de Bosconia adelantar en un plazo máximo de seis meses las gestiones administrativas, presupuestales y financieras necesarias para la construcción, remodelación o adecuación del centro de salud de la zona rural, el cual está en avanzado estado de deterioro.
Mientras tanto, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de este fallo, la administración municipal deberá implementar un plan de mejoramiento sobre Atención Primaria en Salud, estableciendo un sistema que permita el servicio médico durante las 24 horas al día, asegurando la continuidad en la prestación del servicio. Además, el municipio de Bosconia deberá presentar al Juzgado informes periódicos cada mes sobre las medidas dispuestas.
Servidores y servidoras de la Regional Cesar, en visitas realizadas en terreno, fueron puestos en conocimiento por habitantes de la comunidad, que dicho centro de salud contaba con los servicios de una enfermera que prestaba los primeros auxilios y estabilizaba a los pacientes cuando era necesario trasladarlo hasta la ESE o IPS más cercana de Bosconia. La atención que prestaba la enfermera era de lunes a viernes durante ocho horas diarias y cuando no estaba en su jornada laboral, de igual manera estaba presta a brindar atención así fuera en momentos de descanso.
Adicionalmente, prestaban brigadas de salud de manera constante, una vez a la semana, en cuya jornada se contaba con la atención profesional de un médico general y un odontólogo, además del servicio de vacunación, y, al interior del puesto, también se tomaban muestras (exámenes primarios) ordenadas por el médico de turno, las cuales se llevaban hasta el Hospital San Juan Bosco (Bosconia), donde también remitían para consulta especializada y de mayor nivel.
La Defensoría del Pueblo, como demandante en esta acción popular, reitera que el acceso a la salud en condiciones dignas, oportunas y de calidad es un derecho humano fundamental y un deber irrenunciable del Estado. Esta decisión constituye un avance significativo en la protección de los derechos de las comunidades rurales, históricamente excluidas y obligadas a enfrentar barreras de acceso que ponen en riesgo su vida e integridad.
La Entidad continuará acompañando la implementación de esta providencia, en el marco de la conformación del comité de verificación ordenado por la sentencia, y velará porque las autoridades cumplan con su obligación de garantizar entornos seguros y dignos para la atención en salud de la población de Loma Colorada.