El Ministerio del Trabajo de conformidad con el artículo 8 numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, y en concordancia con lo establecido en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, se permite comunicar a la ciudadanía que el día de hoy, ha publicado para observación, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas ocho proyectos de Decreto reglamentarios del trabajo, con los cuales, se deja constancia que el Gobierno Nacional, no está eliminando derechos laborales ni retrocediendo en la protección de los trabajadores.
Con esta publicación, invitamos a la ciudadanía para que se pronuncie, opine y proponga cambios antes de que se tome una decisión. Vale la pena aclarar, que los decretos publicados NO eliminan derechos. Los derechos de los trabajadores están en la Constitución, en el Código Sustantivo y en general, en las leyes de la República, incluida la Ley 2466 de 2025 de reforma laboral, y ninguna de esas normas se modifica.
En Colombia, las leyes las hace el Congreso y el Gobierno expide decretos para aplicarlas. Cuando un decreto crea obligaciones, sanciones o reglas que la ley no contempla, se sale de su función. Eso fue lo que encontraron en varios de los decretos revisados: multas hasta cincuenta veces más altas que las que permite la ley; funciones de juez asignadas a los inspectores del trabajo, cuando la ley reserva esas decisiones a los jueces; normas que el Consejo de Estado ya había anulado y que se volvieron a expedir; errores técnicos, como artículos con la misma numeración en dos decretos distintos o remisiones a normas que no existen.
Varios de estos decretos ya estaban demandados ante el Consejo de Estado.
El Ministerio estudió uno por uno los decretos, con su sustento legal, las demandas en curso y los errores técnicos que contenían. Además, antes de redactar cualquier propuesta, abrió el tema al diálogo con trabajadores y empleadores.











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