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La Procuraduría General de la Nación requirió al alcalde de Riohacha, José Bermúdez Cotes, informar si la administración municipal está garantizando las ayudas humanitarias inmediatas a las víctimas, tal como lo establece la Ley que regula la atención de esta población vulnerable (Ley 1448 de 2011).
En desarrollo de una acción preventiva, la Procuraduría Regional de Instrucción de La Guajira requirió al alcalde informar si se encuentra vigente y en operación el Plan de Acción para la Atención a Víctimas, tras las quejas radicadas por personas afectadas a quienes se les ha negado la entrega de ayudas por parte de municipio.
El órgano de control señaló que es deber de la administración distrital suscribir los convenios, contratos y demás actos que garanticen la atención de manera oportuna, así como una reacción inmediata ante eventuales contingencias como desplazamientos forzados masivos.
“Es deber de la administración distrital garantizar a las víctimas la prestación eficiente y oportuna de los servicios de salud, educación, agua potable y saneamiento básico, así como la seguridad y protección personal de las víctimas con el apoyo de la Policía Nacional”, y por lo tanto es obligatorio elaborar y ejecutar los planes de acción implementados en cada entidad territorial, que permitan la aplicación de las medidas de prevención, asistencia, atención y reparación integral en beneficio de esa población vulnerable puntualizó el órgano de control.
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