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Procuradora señaló que Ley de Desconexión Laboral no aplica para cargos directivos

La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, señaló que la norma que regula los periodos de desconexión laboral (Ley 2191 de 2022, art. 6) no cobija a los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo.

En concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefe del Ministerio Público precisó que el desempeño de esos cargos es una razón válida constitucionalmente para establecer un trato diferencial entre quienes ocupan dichas posiciones de privilegio y los demás empleados.

Indicó que la responsabilidad relacionada con actividades de esa índole es de mayor entidad que la originada en otras funciones, y por ello se justifica solicitarle a quien las desempeña una disponibilidad distinta, debido a que su fuerza laboral reviste una especial importancia para el cabal desarrollo de las operaciones de las organizaciones.

Sostuvo que esa limitación “no afecta de forma irrazonable los derechos de los trabajadores, porque, además del salario más elevado que es connatural a esos cargos, no se elimina la posibilidad de que los empleados que ocupan dichas plazas laborales disfruten de los días de descanso obligatorio en la semana o de los periodos de vacaciones”.

Para la jefe del órgano de control la norma solamente impone el deber de estar disponibles en los tiempos de reposo en caso de ser requeridos, “sin perjuicio de que, en el evento de laborar en esos lapsos producto del llamado de los empleadores, se deban reconocer los compensatorios correspondientes, así como pagar los recargos nocturnos o dominicales y festivos respectivos”, precisó.

Por esa razón, solicitó declarar constitucional el artículo demandado, pues constituye una disposición legítima que no desconoce el principio de igualdad ni los derechos de los trabajadores.

La desconexión laboral es definida como el derecho de los empleados a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo o convenida, ni en sus vacaciones o descansos.

MaravillaStereo

La emisora MARAVILLA STEREO surge de la idea de dos importantes familias de empresarios de la región costeña: los hermanos Quintero Romero y Gnecco Cerchar. Quienes en el año 1992 quisieron crear empresa y ofrecer en nuestra región otro modelo de radio con raíces vallenatas, dicha idea se plasmo el 21 de Diciembre de 1993 cuando fue inaugurada en la plazoleta del centro comercial valle centro, Maravilla Stereo 105.7 FM.

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