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Libertad de prensa debe ser garantizada durante el desarrollo de las elecciones regionales, advierte Defensor

Luego de la expedición del Decreto 1702 del 2023 y de la preocupación que ha causado una posible restricción a la libertad de prensa, de manera particular, sus artículos 4, 7 y 13, la Defensoría del Pueblo, en su compromiso constante con la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, incluidos los de informar y ser informado, confía en que el Gobierno Nacional será garante de los derechos que tienen los periodistas a ejercer su labor en el desarrollo de los comicios territoriales.

“Aunque hace contadas horas el Ministerio del Interior hizo unas precisiones a través de un comunicado de prensa, extiendo un llamado al titular de la cartera política para que, como fue anunciado, oficialice con prontitud un documento, con fuerza de norma y alcance nacional, que aclare lo contenido en los tres artículos del decreto que ha suscitado preocupación”, indicó el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.

Ser claro y específico en el actual contexto electoral que vive el país se hace necesario para darles tranquilidad no solo a los medios de comunicación, sino a los ciudadanos que concurrirán a las urnas el próximo 29 de octubre a elegir a los candidatos de su preferencia.

“Es propicio garantizarles el pleno ejercicio de la libertad de información a los medios de comunicación en la actual coyuntura nacional, de manera especial, durante el desarrollo de las elecciones regionales, a contados días de ser celebradas en todas las regiones del país. Su actividad periodística no puede verse cercenada desde ningún punto de vista”, aseguró Carlos Camargo Assis.

En relación con el artículo 4, sobre ‘Propaganda electoral, programas de opinión y entrevistas’, el Defensor del Pueblo indicó que representa una restricción significativa: “El día de las elecciones, los colombianos esperan de los medios reacciones de quienes están aspirando a un cargo público, es una dinámica natural, propia de la fiesta democrática que suele presentarse en el desarrollo de una jornada electoral”.

Entre tanto, el artículo 7, ‘Uso de celulares y cámaras en los puestos de votación’, limitaría la veeduría que los ciudadanos acostumbran a hacer durante los comicios. “Una aclaración les viene bien a los colombianos, y a la opinión pública en general, que tendrán la buena intención de reportar con sus dispositivos móviles o elementos de grabación audiovisual cualquier anomalía que pudiera llegar a presentarse en la jornada del domingo próximo”, señaló el Defensor del Pueblo.

En relación con el artículo 13, ‘Información sobre orden público’, Camargo Assis dejó claro que resulta desproporcionado obligar a los medios de comunicación a emitir única y estrictamente información de las fuentes oficiales. “La corta redacción del artículo, a todas luces, genera preocupación. Los medios no pueden ver restringido su derecho a informar sobre uno o varios episodios que podrían suceder en materia de orden público, particularmente en aquellas regiones donde el conflicto armado ha sido la constante durante décadas”, manifestó el Defensor del Pueblo de los colombianos.

Finalizó diciendo que, cuando faltan pocos días para los comicios territoriales, es fundamental encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos a elegir, ser elegido, a informar y ser informado, para garantizar un proceso electoral transparente sin que ningún derecho esencial se vea limitado y, en consecuencia, resulte fortalecida la democracia.

MaravillaStereo

La emisora MARAVILLA STEREO surge de la idea de dos importantes familias de empresarios de la región costeña: los hermanos Quintero Romero y Gnecco Cerchar. Quienes en el año 1992 quisieron crear empresa y ofrecer en nuestra región otro modelo de radio con raíces vallenatas, dicha idea se plasmo el 21 de Diciembre de 1993 cuando fue inaugurada en la plazoleta del centro comercial valle centro, Maravilla Stereo 105.7 FM.

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