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Gobierno pidió a la Corte Constitucional declarar inexequible la nueva Ley que reglamenta funcionamiento del Fonpet

Se trata de la Ley 2468 de julio de 2025, mediante la cual se modificó el funcionamiento del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), establecido en la Ley 549 de 1999.

De acuerdo con la demanda, la Ley 2468 “infringe de manera clara varios artículos» de la Constitución Política, ya que “su implementación afecta las finanzas de la Nación y de las entidades territoriales, la sostenibilidad del Fondo como parte del Sistema de Seguridad Social, no contempla ninguna transición, a la vez que prohíbe realizar pago de nómina de pensionados durante el segundo semestre, y deja sin recursos suficientes para financiar la administración del Fonpet, entre otros».

Advierte también que el artículo 13 de la norma demandada implicaría que “a 31 de diciembre de 2026 la Nación tendrá que pagar $6,57 billones al Fondo, afectando el Presupuesto General de la Nación y transgrediendo los plazos de pagos que estaban acordados previamente».

Y agrega que la nueva Ley representa para municipios y distritos “gastos adicionales de aproximadamente $3,6 billones al año, y si se aplica la retroactividad desde 2006 cerca de $ 49,3 billones de 2024. Únicamente para Bogotá implicaría alrededor de $ 1,2 billones al año».

El ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, dice en su demanda –radicada ante la Corte el pasado 5 de agosto- que la norma cuestionada viola siete artículos constitucionales y cuatro de normas Orgánicas. Señala el documento que se vulneran los artículos 142, 151, y 157 constitucionales, relacionados con el proceso legislativo, por cuanto no se tuvo en cuenta para discusión el concepto no favorable de la cartera sobre el impacto fiscal de la Ley 2468.

“La generación de gastos que implican costos fiscales que no cuentan con una fuente sustitutiva para su funcionamiento, y cuya compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo para entidades territoriales y para la Nación no se acreditó», argumenta la demanda.

Señala que la norma en cuestión impone a los entes territoriales una destinación del 10 % de sus ingresos corrientes de libre destinación para el Fonpet; el retiro de los recursos excedentes del Fonpet, y permite reorientar los recursos de gastos de inversión para las vigencias 2025 a 2027.

MaravillaStereo

La emisora MARAVILLA STEREO surge de la idea de dos importantes familias de empresarios de la región costeña: los hermanos Quintero Romero y Gnecco Cerchar. Quienes en el año 1992 quisieron crear empresa y ofrecer en nuestra región otro modelo de radio con raíces vallenatas, dicha idea se plasmo el 21 de Diciembre de 1993 cuando fue inaugurada en la plazoleta del centro comercial valle centro, Maravilla Stereo 105.7 FM.

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