Detrás de cada decisión sobre el salario mínimo hay millones de historias de vida. Hay madres y padres que sostienen sus hogares, jóvenes que inician su camino laboral, personas que trabajan diariamente para garantizar alimento, vivienda, educación y salud a sus familias. Por eso, la defensa del salario mínimo no es una discusión simple, ni puramente económica: es la defensa de la dignidad humana, del derecho a vivir con condiciones justas y de la posibilidad real de que el trabajo sea el medio para construir un proyecto de vida con estabilidad y esperanza.
En este contexto, la Defensoría del Pueblo radicó una intervención ante el Consejo de Estado dentro de la acción de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo para el año 2026. En ejercicio de su magistratura moral y de su mandato constitucional de promoción y defensa de los derechos humanos, la entidad defendió la legalidad y constitucionalidad del decreto que fijó el salario mínimo para 2026.
La intervención, presentada por la Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortíz, se dio en ejercicio de las facultades constitucionales previstas en el artículo 282 de la Constitución Política y en el artículo 5 del Decreto Ley 25 de 2014. La entidad actuó como la institución que vela por la promoción, ejercicio y divulgación de los derechos humanos, del interés general y del orden constitucional, resaltando que la discusión sobre el salario mínimo no es exclusivamente técnica o macroeconómica, sino esencialmente un asunto de derechos fundamentales.












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