Del 27 de octubre al 16 de diciembre de 2026, se llevará a cabo el segundo ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa, brucelosis bovina y rabia de origen silvestre en Colombia. Así lo estableció el Ministerio de Agricultura y el ICA, con el fin de mantener la sanidad animal, la generación de carne y leche para la seguridad alimentaria de los ciudadanos, y la competitividad de la ganadería nacional en el mundo.
Las disposiciones establecidas en la presente Resolución serán aplicables a las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA), a Fedegán en su condición de entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero, a los médicos veterinarios o médicos veterinarios zootecnistas que intervienen en el proceso de vacunación y a los responsables sanitarios de los animales de las especies bovina y bufalina existentes en el territorio nacional.
En las zonas determinadas en el territorio nacional donde se debe llevar a cabo el proceso de vacunación, únicamente podrán usarse lotes de vacunas contra fiebre aftosa, brucelosis bovina y rabia de origen silvestre que hayan sido evaluados, registrados y aprobados por el ICA, según los parámetros de esterilidad, inocuidad, fisicoquímicos, pureza y potencia establecidos en las normas vigentes.












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