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Fiduagraria no ha cumplido con el 93 % de las órdenes de vivienda priorizadas para campesinos desplazados: Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación llamó la atención de Fiduagraria, el Banco Agrario y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre los bajos índices de cumplimiento de la política de vivienda rural, y en especial de los fallos de jueces de restitución, que en 19.455 casos han ordenado proteger y cobijar con ese beneficio a familias de campesinos víctimas de abandono y/o despojo de tierras.

De 1.489 órdenes de vivienda priorizaras durante las vigencias 2018 y 2019, se evidenció que Fiduagraria, entidad ejecutora de los subsidios de vivienda rural, presenta un rezago de 1.392 peticiones, lo que equivale a un incumplimiento del 93 % a las órdenes judiciales en esta materia.

La Procuraduría, en una acción preventiva de vigilancia y seguimiento, requirió a la presidenta (e) de Fiduagraria, María Cristina Zamora Castillo, sobre el avance del contrato suscrito con el ministerio para la ejecución de las órdenes de los jueces de restitución sobre temas de vivienda rural.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural deberá informar sobre las razones del rezago en el cumplimiento a los fallos de los jueces de restitución y el plan de trabajo definido para el cumplimiento de los mismos.

También solicitó información al presidente del Banco Agrario de Colombia, Francisco Mejía, sobre los principales motivos de la no ejecución de programas de vivienda rural digna, para los campesinos víctimas de conflicto armado.

La Procuraduría hizo un llamado al Gobierno nacional a realizar los ajustes institucionales necesarios, para que la política de vivienda rural destinada a las víctimas de despojo y abandono de tierras, se adecúe a los propósitos de la reparación integral, de manera articulada con las entidades con competencia en este tema, de manera que las familias campesinas tengan garantías para retornar y permanecer en los territorios de los que fueron desplazados, como lo advirtió la Corte Constitucional en la sentencia C-588/19.
MaravillaStereo

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