Foto: Terminal V/par
Mediante la circular conjunta N° 002 del 20 de mayo de 2020, la Secretarías de Tránsito y Gobierno Municipal, establecieron los mecanismos y requisitos que deben cumplir las empresas del servicio público de transporte terrestre de pasajeros, servicio especial y la Terminal de Transportes de Valledupar, para la coordinación de despacho de vehículos que se dispongan a prestar el servicio público a residentes de la ciudad de Valledupar provenientes de otros departamentos y que en el marco de la contingencia generada por el Covid-19 no hayan podido desplazarse.
Según lo establecido en dicha circular, las empresas deben enviar al correo electrónico transito@valledupar-cesar.gov.co, previo al respectivo despacho y con una anticipación de tres (3) días hábiles, la siguiente información: placa y capacidad del automotor que será despachado, listado de nombres y número de cédula de los pasajeros, motivo de viaje y documento que pruebe la exención establecida en el decreto presidencial 636 de 2020 y decreto municipal 305 de 2020, por cada pasajero, o certificación expedida por el Centro de Logística del Ministerio de Transporte.
Una vez recibida la documentación, la Secretaría de Tránsito procederá a verificar los datos y si cumplen con los requisitos, la información será remitirá a la Secretaría de Gobierno, para que esta sectorial autorice el ingreso del vehículo a la ciudad y el descenso de los pasajeros única y exclusivamente en la Terminal de Transportes. La decisión será comunicada a través del mismo correo electrónico.
Las empresas de servicio público de transporte terrestre de pasajeros, servicio especial y la Terminal de Transportes de Valledupar deberán velar por el cumplimiento de los siguientes requisitos:
•Permitir la identificación a las autoridades administrativas y/o policivas que lo requieran.
•Portar la certificación del Centro de Logística y Transporte
•Acreditar la causal o actividad exceptuada del aislamiento preventivo obligatorio que ha motivado el desplazamiento y transporte de los pasajeros.
•Las medidas de bioseguridad establecidas en la resolución número 677 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Las personas que ingresen a Valledupar provenientes de otros departamentos, en virtud de que este sea su lugar de residencia, deberán entrar en aislamiento obligatorio durante 15 días con la finalidad de prevenir posibles contagios y propagación del Covid-19.
Cabe aclarar que la Secretaría de Tránsito Municipal no se encuentra expidiendo ninguna clase de permisos de movilidad. Quienes viajen con destino a la ciudad en vehículos particulares, deben cumplir con una de las excepciones decretadas por el Gobierno Nacional, portando los documentos que acrediten la situación.
Mediante la Resolución 9820 de 2025, la Registraduría Nacional del Estado Civil prorrogó a partir…
El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40337 de 2025, un hito normativo…
Entre enero y junio del 2025 en Colombia hubo 1.834 eventos de conflictividad social, de…
Como parte de la atención integral al pueblo wayuu, en cumplimiento de la Sentencia T-302…
Por presuntas irregularidades en la prestación del servicio de los chips electrónicos para el control…
En el marco de las acciones de prevención y protección a la niñez y adolescencia,…