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La juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, rechazó de plano la solicitud de nulidad que hizo el abogado Jaime Granados, defensor principal del exsenador Álvaro Uribe Vélez, por considerarla impertinente e improcedente.
Al rechazarla de plano, no es posible interponer ningún recurso para reversar la decisión.
La juez señaló que interponer recursos que generen dilaciones en el proceso es una manera de entorpecer la administración de justicia y un abuso de la ley.
Igualmente, recordó que la Corte Suprema de Justicia le ha llamado la atención “a los profesionales del derecho encargados de la defensa técnica y de quienes exige mesura, seriedad y ponderación en las solicitudes que afectan la Judicatura, habida cuenta que la presentación de recursos o formulación de oposiciones manifiestamente encaminadas a entorpecer o demorar el normal desarrollo de los procesos y en general el abuso de las vías de derecho o su empleo en forma contraria a su finalidad eventualmente pueden constituir una falta contra la Ley y la administración de justicia”.
La juez también señaló que la solicitud del abogado Granados es improcedente.
“En tal virtud y como quiera que se acreditó, que la solicitud de nulidad invocada por la defensa técnica de Álvaro Uribe Vélez y coadyubada por el delegado del Ministerio Público y por el mismo señor procesado, es absolutamente improcedente y se impone su rechazo de plano, decisión contra la cual no procede recurso alguno”. (vía wradio).
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